¿Qué profesionales pueden aplicar técnica de Hyaluron pen? y ¿con qué requisitos?

Aunque existe un claro vacío legal en todo lo que rodea a está técnica, nuestra opinión tras analizar el tema es no plantea ningún tipo de problema legal a los técnicos en estética; que son especialistas precisamente en esta capa de la piel, la epidermis. Es perfectamente seguro pero hay que tener una serie de aspectos a tener en cuenta para no caer en el intrusismo profesional:

  • El tratamiento debe tener una finalidad estética, nunca curativa. Se ha de trabajar sobre una piel sana con el fin de mejorar su apariencia, luminosidad, textura. Si efectuamos una micropunción no invasiva con una finalidad curativa o aplicando un medicamento, en nuestra opinión, estaríamos cometiendo intrusismo, salvo que lo hagamos con prescripción facultativa.
  • El profesional de la estética ha de utilizar productos catalogados como cosméticos y nunca como fármacos o productos médicos. En el caso de la micropunción no invasiva, al no penetrar en dermis, el uso de los productos aplicados se considera “tópico”, por lo que su uso combinado con cualquier cosmético en principio sería perfectamente compatible.
  • Lo que constituye una mala praxis sería la utilización por parte del profesional de sustancias catalogadas como medicamentos o productos “inyectables”.

Dentro de la Micropunción no invasiva con fines cosméticos encontraríamos la aplicación de cócteles, viales de maquillaje de larga duración (CC Glow, BB Glow), mejorando así la luminosidad de la piel y el camuflaje de discromías, arrugas, tonificación…

2. MICROPUNCIÓN INVASIVA O TERAPIA DE INDUCCIÓN PERCUTÁNEA DE COLÁGENO (PCI)

En este caso las microagujas traspasan la capa basal y penetran en la dermis. Aquí los efectos son mayores ya que a los efectos de la perforación epidérmica o no invasiva, se suman los efectos sobre la dermis.

En esta capa se producen microagresiones controladas que activan los mecanismos naturales de autorreparación de la piel. Los pequeños daños de las agujas inician una respuesta del fibroblasto en el tejido de la dermis, consiguiendo mayor producción de colágeno (y por tanto retracción de la piel) y mejorando la flacidez.

En el caso de las cicatrices, las micro agujas las perforan múltiples veces, ablandándolas y difuminándolas”, cuenta el Dr. Klaus Fritz, Presidente de la Academia Alemana de Dermatología y ponente en la Reunión 2014 del Grupo de Dermatología Estética y Terapéutica (GEDET) de la AEDV.
Este efecto se llama inducción percutánea de colágeno (PCI). A través de PCI es posible tratar eficazmente las arrugas y cicatrices sin el riesgo de hiper o hipopigmentación o una disfunción en el proceso de curación de heridas debido a infecciones.

¿Quién puede realizar esta terapia?

Pese a que estamos hablando de invadir la dermis, y el tema plantea más dudas que la micropunción no invasiva; entendemos (y se trata sólo de una opinión, ya que como dijimos anteriormente no hay nada regulado al respecto) que, los profesionales de la estética debidamente cualificados sí pueden practicar legalmente la PCI siempre que se efectúe con la finalidad y el protocolo adecuado.

Los argumentos en los que nos basamos son:

  1. Los Técnicos Superiores de Estética están cualificados para efectuar técnicas de micropigmentación 

( Real Decreto 881/2011 )

  • En la micropigmentación o tatuaje la profundidad a la que perforamos (invadimos) la piel es incluso superior a la que se realizaría un tratamiento invasivo de microneedling.
  • La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios define así la Micropigmentación “Un maquillaje permanente consiste en una inyección intradérmica de productos colorantes e ingredientes auxiliares destinados a acentuar los contornos de la cara.”
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Los profesionales acreditados para la micropigmentación, tatuaje y/o piercing, por tanto conocen y saben prevenir los riesgos higiénico sanitarios asociados a la técnica de micropigmentación y por ende a la microperforación cutánea. Simplemente deberían formarse en los aspectos específicos de esta técnica.
No obstante, al igual que en el caso anterior hay dos requisitos fundamentales para no caer en el intrusismo y uno de ellos plantea una limitación importante:

¿Cuáles son los límites?

1. El tratamiento ha de tener una finalidad estética, nunca curativa. Se ha de trabajar sobre una piel sana con el fin de mejorar su apariencia, luminosidad, textura… Tambien, para la esteticista la profundidad es maxima – 1mm.

2. El producto empleado no puede ser un fármaco: El profesional de la estética ha de utilizar productos catalogados como cosméticos y nunca como fármacos o productos médicos. Aquí surge el el verdadero problema para el profesional de estética a la hora de afrontar los tratamientos invasivos de micropunción.

Pese a que se están comercializando diversos productos para micropunción en centros de estética estos no deberían ser utilizados nunca en la Microperforación Invasiva.

En ningún caso deberemos utilizar ningún producto etiquetado como “inyectable”.

Pese a esta limitación, la micropunción invasiva sigue siendo un tratamiento muy interesante incluso en seco, ya que los principales efectos vendrán de los propios mecanismos de reparación de la piel.


Dentro de las aplicaciones claramente cosméticas de la micropunción invasiva estarían los tratamientos de tonificación, flacidez o arrugas.

Las cicatrices y quemaduras, al tratarse ya de recuperar un tejido dañado, entendemos que deberían trabajarse bajo supervisión médica.

Diferencias entre tratamientos cosméticos y médicos.

Discernir lo que es un tratamiento cosmético de uno médico no parece difícil si nos atenemos a los siguientes factores:

  1.  Finalidad: Si el fin es estético como paliar las arrugas, mejorar apariencia, firmeza, luminosidad o tono de la piel… y en general embellecer personas sanas, entendemos que la finalidad es cosmética y se puede trabajar la ESTETICISTA( de 0,20 a 1,0mm de profundidad de aguja).
  2.  Profundidad: La esteticista (Técnico Superior) puede llegar a la dermis mediante técnicas similares a la micropigmentación y conoce los protocolos – puede trabajar con profundidad mas que 1,0 mm.
  3. Si la micropunción (invasiva o no) se emplea para curar una enfermedad o un tejido dañado se considerara un tratamiento médico, por ejemplo el tratamiento de cicatrices (donde trabajamos para recuperar tejido dañado). En ese caso los profesionales de la estética requerirán supervisión médica.
    Titulación: Técnicos Superiores en Estética, Certificados de Nivel 3 Maquillaje Integral. Como mínimo ver requisitos autonómicos Tatuadores.
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  1. Producto empleado: Los profesionales deben utilizar cosméticos. Las esteticistas no están cualificadas para realizar las aplicaciones de bótox, colágeno o demás rellenos dérmicos aunque se utilicen para reducir la aparición de arrugas, y para mejorar la textura y la firmeza de la piel.
    El Reglamento (CE) 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, en su artículo 2.2 indica no se considerará producto cosmético una sustancia o mezcla destinada a ser ingerida, inhalada, inyectada o implantada en el cuerpo humano.

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